Asistencia Económica

El Programa de Asistencia Económica del Conservatorio de Música de Puerto Rico tiene como propósito proveer a los estudiantes, que así lo solicitan, de la asistencia económica necesaria para alcanzar sus metas educativas.  La ayuda se concede según las necesidades económicas individuales de cada estudiante y la disponibilidad de fondos.

La Oficina de Asistencia Económica mantiene el compromiso de brindar la orientación y ayuda necesaria a los estudiantes del Conservatorio de Música y formar parte de los servicios que ofrece el Decanato de Asuntos Académicos y Estudiantiles.

Las ayudas económicas que se otorgan provienen de fondos del gobierno federal, del gobierno estatal, o de recursos privados.  Entre las ayudas, se incluyen la Beca Federal Pell, Becas Federales Suplementarias, Préstamos Federales Directo, Programa de Estudio y Trabajo Federal y otras becas institucionales.  En la actualidad 65% de los estudiantes subgraduados reciben beneficios de asistencia económica.

  • Código federal del Conservatorio: 010819
  • Plazos para solicitar FAFSA: Oprima aquí

Comite de Becas y Progreso Académico Satisfactorio

El Comité de Becas y Progreso Académico Satisfactorio está compuesto por el Decano de Asuntos Académicos y Estudiantiles, el Director de Asistencia Económica, la Registradora y un representante de la facultad por cada departamento académico (elegido por el claustro de cada departamento). El Comité está a la disposición de los estudiantes para analizar cualquier discrepancia en la asignación de ayudas económicas, además, de evaluar las reclamaciones de estudiantes que no cumplieron con la política de progreso académico satisfactorio. El comité evalúa, recomienda y aprueba la concesión de las becas institucionales.

Procedimientos para Solicitar Asistencia Económica

Los estudiantes que desean ser considerados para asistencia económica deberán radicar una solicitud de FAFSA – por sus siglas en inglés (Free Application for Federal Student Aid). La misma puede llenarse en línea en la dirección: fafsa.ed.gov. El código institucional es 010819.

Es responsabilidad del estudiante solicitar a tiempo y entregar la evidencia de haber completado la solicitud en línea y toda la documentación requerida en o antes del 30 de mayo de cada año académico, así podrá contar con su carta de Oferta de Asistencia Económica para validar su boleto de pago de matrícula. Junto a la contestación recibida de la FASFA, se deben entregar los siguientes documentos a la Oficina de Asistencia Económica, según sea solicitada:

  1. Copia de la Planilla de Contribuciones Sobre Ingresos del último año contributivo. En caso de ser un estudiante depen-diente, deberá traer la Planilla de Contribuciones Sobre Ingresos de los Padres del último año contributivo.
  2. De no rendir una Planilla de Contribuciones Sobre Ingresos, el estudiante presentará una declaración firmada. Formulario disponible en la Oficina de Asistencia Económica.
  3. Dependiendo de los resultados individuales recibidos, el director de la Oficina de Asistencia Económica podrá solicitar cualquier otro documento que estime necesario para completar la evaluación y documentación de la solicitud.

Estudiantes que deseen continuar recibiendo asistencia económica deberán solicitarlo anualmente, mediante la entrega de las contestaciones de los formularios correspondientes a la Oficina de Asistencia Económica del Conservatorio de Música de Puerto Rico.

Todo estudiante que disfrute de alguna beca institucional al ser admitido deberá cumplimentar el formulario Aceptación de Beca. Con el mismo se compromete a matricularse en el Conservatorio una vez acepte la misma.

Estudiantes internacionales no naturalizados no son elegibles para becas federales o estatales.

Programas de Asistencia Económica

Fondos federales

Beca Federal Pell

La beca federal Pell Grant es un programa de ayuda económica que le asigna fondos a estudiantes de nivel subgraduado que de-muestran tener necesidad económica en instituciones de educación superior debidamente licenciadas y acreditadas. El propósito de esta beca es ayudar al estudiante a sufragar parte de sus gastos relacionados a sus estudios tales como matrícula, libros, trans-portación, comida, hospedaje y equipo.

Para solicitar esta beca, el estudiante deberá llenar el formulario de Solicitud Gratuita de Ayuda Federal Estudiantil (FAFSA) en la dirección electrónica: fafsa.ed.gov. Completar el formulario en línea es un proceso rápido, fácil, seguro y está disponible tanto en inglés como en español. Cada estudiante que desee solicitar la beca es responsable de completar el formulario en línea y someterlo. En la solicitud, usted deberá incluir el código de nuestra institución: 010819.

Antes de completar la solicitud de la FAFSA en línea, tanto el estudiante como uno de sus padres tienen que crear un nombre de usuario y seleccionar una contraseña de seguridad que cumpla con los requisitos del Departamento de Educación Federal, descri-tos en esa página web, con el cual podrán firmar la solicitud electrónicamente. En lo sucesivo, el estudiante podrá utilizarla para acceder su solicitud, realizar correcciones y renovar la solicitud para los siguientes años académicos.

Luego de haber sometido la solicitud, y una vez procesada por el Departamento de Educación Federal, el resultado de la misma estará disponible en un período de 72 horas aproximadamente. La Oficina de Asistencia Económica del Conservatorio recibirá, en formato electrónico.

La Oficina de Asistencia Económica calculará la cantidad de ayuda a la cual el estudiante resultó elegible utilizando la tabla de de-terminación de ayuda provista por el Departamento de Educación Federal de acuerdo con el costo de educación, la carga académi-ca y la contribución familiar estimada, (EFC – por sus siglas en inglés). El tiempo máximo para recibir beneficios de este programa se extiende por un máximo de seis años de estudios a tiempo completo, o su equivalente (600%), o hasta completar su primer grado de bachillerato; lo que ocurra primero.

Beca Federal Suplementaria para Oportunidad Educativa (FSEOG)

El Programa Federal de Becas Suplementarias (FSEOG) otorga ayuda a estudiantes subgraduados con necesidad económica extrema. Los estudiantes que reciben Beca Federal Pell con un EFC de cero, tienen prioridad al momento de concederse esta ayuda. Los fondos son limitados y no hay garantía de que todos los estudiantes puedan ser elegibles para recibir esta ayuda. Estos fondos son administrados por la Oficina de Asistencia Económica del Conservatorio.

Por ser una beca, el estudiante no tendrá que pagar el dinero otorgado por este programa una vez finalice sus estudios.

Programa Federal de Estudio y Trabajo (FWS)

Este programa provee a aquellos estudiantes de gran necesidad económica la oportunidad de trabajar para cubrir parte de los costos de sus estudios. El estudiante también puede ser ubicado para trabajar en programas de la institución o de servicio a la comunidad. La remuneración del programa de FWS será el salario mínimo federal. El salario que el estudiante recibe depende de la cantidad de horas asignadas y trabajadas.

Préstamos Federales Directo

Este programa facilita el otorgamiento de préstamos estudiantiles directamente con el Departamento de Educación Federal.

Existen dos tipos de Préstamos Federales disponibles para los estudiantes, a saber:

  1. El Préstamo Federal Directo Subsidiado – Se otorga de acuerdo con la necesidad económica del estudiante. El Gobierno Federal subsidia los intereses hasta que el estudiante termine sus estudios y concluya un período de gracia de seis meses a partir de la fecha de graduación. Luego de concluido ese período, deberá comenzar a pagar o solicitar diferimiento, según las normas establecidas por programa de préstamos federales. Durante los períodos de pago diferido, el Gobierno Federal también pagará los intereses del nivel correspondiente. Los estudiantes del nivel graduado no cualifican para el Préstamo Federal Directo Subsidiado.
  2. El Préstamo Federal Directo No Subsidiado – No se otorga de acuerdo con la necesidad económica. El estudiante pagará todos los intereses del préstamo desde el momento de su concesión. Si se acumulan intereses, estos capitalizarán y se añadirán al principal. Los intereses adicionales se calcularán a partir de la cantidad mayor.

Los estudiantes que interesen más información sobre el Préstamo Directo pueden visitar el portal: https://studentloans.gov.

Advertencias Generales sobre Beca Federal Pell y Préstamos

  1. La Beca Federal PELL solamente cubrirá los cursos que son requisitos según establecidos en el Catálogo para la especiali-dad que curse el estudiante, hasta un máximo de seis años acumulativos.
  2. La Beca Federal PELL solamente pagará un año de cursos remediales para estudiantes que hayan sido admitidos bajo esa clasificación. Si el estudiante continúa con esta clasificación por un tercer semestre, tendrá que asumir el costo de dichos cursos.
  3. No se pagará la repetición de cursos remediales con fondos de asistencia económica federal.
  4. La Beca Federal PELL no cubrirá costos de estudios para cursos requisitos de otras especialidades. Si el estudiante toma cursos que no estén contemplados dentro del currículo de su especialidad, tendrá que pagarlos con fondos propios.
  5. La Beca Federal PELL no cubre los costos de cursos para el Programa de Certificación de Maestros.
  6. La Beca Federal PELL no cubre los costos de cursos del Programa de Educación Continua.
  7. Si un estudiante beneficiario de préstamo estudiantil baja su carga académica a menos de medio tiempo durante sus años de estudios, tendrá que comenzar a pagar su préstamo ya que dicha cantidad de créditos no es aceptable para extenderle el período de gracia.

Fondos estatales

Programa de Ayuda Suplementaria

El fondo de Ayuda Suplementaria está disponible para estudiantes que son ciudadanos americanos residentes permanentes en Puerto Rico. Para ser elegibles debe mantener Progreso Académico Satisfactorio según definido en el Catálogo Institucional y demostrar necesidad económica utilizando los criterios establecidos para evaluar los estudiantes que solicitan fondos de Título IV.

Programa de Becas

Para ser elegible al Programa de Becas, el estudiante tiene que demostrar necesidad económica utilizando los criterios establecidos para evaluar los estudiantes que solicitan fondos de Título IV y graduarse de Escuela Superior con un índice académico de 3.00. Esta beca corresponde a estudiantes de nuevo ingreso solamente y es para su primer año de estudios.

Programa de Estudiantes de Alto Honor (PROGRESAH)

Este programa tiene el propósito de otorgar asistencia económica suplementaria a estudiantes con necesidad económica y de excepcional mérito académico (según definido por el reglamento del programa) que estén matriculados en su tercero o cuarto año de bachillerato. Complementará las ayudas económicas que reciban los estudiantes a través de programas federales, estatales, institucionales o privados hasta cubrir la totalidad de los costos de estudios que no cubre otras ayudas.

Fondos institucionales

Becas por Talento / Aprovechamiento Académico

El Conservatorio cuenta con varias becas que se otorgan sobre la base de talento y aprovechamiento académico. Una beca de este tipo considera ambos criterios, además de necesidad económica. El primero de mayo de cada año, el estudiante recipiente de este tipo de becas debe confirmar por escrito su intención de asistir a la institución y aceptar la beca institucional. Ello constituye un compromiso mutuo de que la institución le reservará un espacio al estudiante y proveerá la asistencia económica indicada y a su vez el estudiante acepta que asistirá a la institución por un período de tiempo establecido.

Fondo Dotal de Becas del Conservatorio

Fundación Ángel Ramos y Fundación Banco Popular

La institución cuenta con un Fondo Dotal de Becas que se ha hecho posible gracias a las generosas donaciones de la Fundación Ángel Ramos, la Fundación Banco Popular y el programa Título V del Departamento de Educación Federal.

Solo serán elegibles para estas becas los estudiantes que reúnan criterios de talento, aprovechamiento académico satisfactorio y necesidad económica, según los criterios establecidos para evaluar los estudiantes que solicitan fondos de Título IV. Los estudiantes recipientes de esta beca, deberán tener en la Oficina de Asistencia Económica, una contestación para su Solicitud Gratuita de Ayu-da Federal Estudiantil (FAFSA) con toda la documentación correspondiente y estar matriculados a tiempo completo (12 créditos).

Será requisito que los estudiantes que reciban esta beca participen en todas las actividades institucionales y conciertos que le sean requeridos.

Beca Especial de la Junta de Directores del Conservatorio para Estudiantes Internacionales

Este programa de becas se establece, para ayudar a atraer estudiantes con el mejor talento musical de Iberoamérica los cuales no son elegibles a programas de asistencia económica, federal o estatal. Los estudiantes internacionales deberán mostrar aprovechamiento académico excepcional y talento musical sobresaliente para ser considerados a esta beca. El Comité de Admisiones y el Comité de Becas y Progreso Académico será responsable de evaluar las solicitudes y recomendar a la Junta de Directores los candidatos anualmente.

Fondo Pro Beca Artística

El propósito de este fondo es ayudar a los estudiantes que deseen participar en seminarios, talleres, campamentos de verano, conferencias, competencias locales e internacionales y cualquier otra actividad que fomente su desarrollo artístico. Este fondo especial estará disponible para todos los estudiantes que así lo soliciten mientras haya fondos disponibles. El Comité de Becas y Progreso Académico será responsable de evaluar las solicitudes recibidas.

Política de Cancelación y Reembolso de Fondos Título IV

Política de Cancelación y Reembolso de Fondos Título IV

La Política de Cancelación y Reembolso está vigente desde el 1 de julio de 2000 para todos los estudiantes que se den de baja total. La misma aplica a todos los estudiantes que reciben fondos de los programas de Título IV de Asistencia Económica Estudiantil del Departamento de Educación Federal.

Si un estudiante beneficiario de los fondos de Título IV se da de baja total de sus estudios, durante el período para el cual se matri-culó, el Conservatorio deberá calcular el por ciento y la cantidad de ayuda proveniente de fondos de Título IV que el estudiante no tendrá derecho a recibir. Es responsabilidad del estudiante devolver dichos fondos a los respectivos programas de Título IV.

Fecha de Terminación
El año académico consta de dos semestres de quince semanas cada uno. Para propósitos de calcular la cantidad a ser reembolsada, la fecha de terminación será el último día en que el estudiante asistió a clases o su último día de actividad académica. Se tomará en consideración la fecha que el estudiante procesa una baja oficial como su último día de actividad académica.

Casos Especiales
Si la Institución determina que un estudiante no inició el proceso de baja total, o no notificó a la institución de su intención de darse de baja total por motivos de enfermedad, accidente, muerte en la familia u otra circunstancia similar fuera de su control, será res-ponsabilidad del Conservatorio determinar una fecha apropiada, justa y razonable de terminación.

Cálculo de la Cantidad de Fondos Título IV Devengados

1. El por ciento de fondos de Título IV devengado será calculado de la siguiente manera:
2. Si el último día de asistencia del estudiante ocurre en o antes de que el estudiante haya completado el 60% del período de pago por el cual recibió fondos de Título IV, la cantidad devengada por el estudiante se calculará de la siguiente forma: se multiplicará la cantidad total de fondos de Título IV desembolsada (y que podía haber sido desembolsada) para el período en el cual se matriculó el estudiante hasta el día en que se dio baja total por el período matriculado y completado.
3. Si el día de terminación ocurre después de que se haya completado el 60% del período de pago, el estudiante tendrá de-recho a un 100% del pago.
4. El por ciento y la cantidad no devengada es el complemento del por ciento de fondos de Título IV devengados, multiplicado por la cantidad total de fondos de Título IV desembolsados (o por desembolsar) al estudiante para el período de pago y desde el día que el estudiante se dio de baja total.

Porciento de Período de Pago o Período de Matrícula Completada
Ya que los programas de estudios se miden en horas créditos, ello requiere que el número de días naturales del período de matrí-cula por el cual se desembolsan fondos de Título IV, sean divididos entre el número de días naturales completados hasta el último día de asistencia del estudiante.

Diferencias entre Cantidad de Dinero Devengado y Recibido
Si un estudiante recibe menos ayuda proveniente de Fondos Título IV de la cantidad a la cual tiene derecho, se procederá a cumplir con los procedimientos de un desembolso tardío. Si el estudiante recibió más ayuda de Título IV de la cantidad a la cual tiene dere-cho, la institución, el estudiante, o ambos estarán obligados a devolver los fondos, según se ha establecido.

Devolución de Fondos de Título IV No Devengados
Se requiere que la institución devuelva lo que sea menor de:

1. La cantidad de fondos de los programas de Título IV a que el estudiante no tiene derecho, o la cantidad de cargos institu-cionales en que el estudiante incurrió para el período de matrícula multiplicado por el por ciento de fondos que no fue devengado.
2. El estudiante (o familiar, en caso de préstamos PLUS) está obligado a devolver o pagar, según sea el caso, los fondos de Tí-tulo IV y Préstamos no devengados menos la cantidad de ayuda no devengada que debe ser devuelta por la institución a los programas de beca y préstamos.
3. Exime al estudiante a devolver el 50% de cualquier ayuda que le hubiese sido requerida devolver.

La devolución de fondos requerida para los fondos acreditados a balances de préstamos pendientes del período de matrícula será en el siguiente orden:

1. Préstamos Directo Stafford No Subsidiado (No incluye préstamo PLUS)
2. Préstamo Directo Stafford Subsidiado
3. Préstamo Perkins
4. Préstamo Federal PLUS
5. Préstamo Directo PLUS

Si después de pagar todos los préstamos aún hay fondos disponibles para devolver, los fondos restantes se acreditarán en el si-guiente orden:

1. Beca Federal Pell para el período de pago por el cual la devolución de fondos es requerida.
2. Beca Federal Suplementaria de Oportunidades Educativas (FSEOG) para el período de pago por el cual la devolución de fondos es requerida.

Interrupción de Estudios
Aquellos estudiantes que por razones no profesionales necesiten interrumpir sus estudios tendrán que solicitarlo en la Oficina de Registraduría. Se autorizarán hasta un máximo de 15 días naturales por semestre de interrupción en los estudios. En circunstancias especiales, podría autorizarse otra interrupción que no exceda 30 días naturales. Podrán también aprobarse interrupciones para servir como jurado o por razones militares.

Durante ese período, el estudiante continuará matriculado por lo que no habrá que hacer ningún reembolso de los fondos federales. Si el estudiante tuviese que interrumpir sus estudios, es importante que realice el trámite oficial en la Oficina de Registraduría. Si el estudiante no regresa antes de finalizar el período aprobado, se utilizará el último día de asistencia a clases para calcular el reembolso aplicable.

Programas de Asistencia Económica para Estudios Graduados

Información General

Los estudiantes de Maestría y Diploma podrán solicitar participación en los siguientes programas de asistencia económica:

1. Programas de Préstamos Directos Subsidiados y No Subsidiados
2. Programa de Estudio y Trabajo Federal
3. Programa de Ayuda Suplementaria que administra el Consejo de Educación de Puerto Rico

Las ayudas económicas disponibles, provienen de fondos del gobierno federal, o del gobierno estatal, y dependen de la disponibilidad de dichos fondos cada año.

Los estudiantes interesados en participar tendrán que cumplir con los criterios de elegibilidad de cada programa.

Procedimiento para Solicitar Asistencia Económica

Los estudiantes que desean ser considerados para recibir asistencia económica deberán cumplir los siguientes pasos:

  1. Llenar y enviar por el Internet en la dirección https://fafsa.ed.gov/, la Solicitud Gratuita de Ayuda Federal Estudiantil (FAFSA). El código institucional requerido para este proceso es 010819. La contestación de esta solicitud proveerá al solicitante una evaluación básica que se utilizará para llenar su solicitud de préstamo o en la concesión de otros fondos.
  2. Proveer la siguiente documentación:
    • Copia de la Planilla de Contribuciones Sobre Ingresos del último año contributivo. En caso de ser un estudiante dependiente, deberá traer la Planilla de Contribuciones Sobre Ingresos de los padres del último año contributivo.
    • De no rendir una Planilla de Contribuciones Sobre Ingresos, el estudiante presentará una declaración firmada. Formulario disponible en la Oficina de Asistencia Económica.

    Los estudiantes internacionales no serán elegibles para estas ayudas. En el caso de que estos tengan un estatus de residente permanente o naturalizado deberán presentar evidencia.

Fondos Federales

Préstamo Federal Directo
Este programa otorga préstamos estudiantiles directamente con el Departamento de Educación Federal.

Préstamo Directo No Subsidiado
Se otorga de acuerdo con la necesidad económica del estudiante y el Gobierno Federal subsidia los intereses mientras el estudian-te está estudiando. Al graduarse o darse de baja, el estudiante tendrá un período de gracia de seis meses antes de tener que co-menzar a pagar el préstamo.

Se le cobrarán intereses desde el momento en que se desembolse el préstamo hasta que este sea pagado en su totalidad. Si el estudiante permite que los intereses se acumulen mientras estudia, o durante otros períodos en que este no remita pagos, estos se capitalizarán; es decir, los intereses se añadirán al capital (principal) de su préstamo y los intereses adicionales se calcularán según la cantidad más alta.

Programa de Estudio y Trabajo Federal (FWS)
El programa de Estudio y Trabajo Federal (FWS) concede trabajos a los estudiantes que tienen necesidad económica, lo cual les permite ganar dinero para ayudar a cubrir los gastos de su educación. El programa fomenta el trabajo de servicio comunitario y el trabajo relacionado con el programa de estudio del beneficiario. El sueldo de FWS será el salario mínimo federal vigente. El sueldo que el estudiante recibirá dependerá de la cantidad de horas asignadas a trabajar.

Fondos Estatales

Fondos de Asistencia Económica para Estudiantes Graduados que administra el Consejo de Educación de Puerto Rico

Este programa de asistencia económica depende de la disponibilidad de los fondos que asigna el Consejo de Educación de Puerto Rico. Se toma en consideración la necesidad económica del estudiante. Para información sobre cómo solicitar, deberá comunicarse con la Oficina de Asistencia Económica del Conservatorio de Música de Puerto Rico.