Estudiantes internacionales

Como parte de su misión educativa, el Conservatorio de Música de Puerto Rico recibe estudiantes internacionales de diferentes países que deseen recibir una educación superior especializada en música de la mayor excelencia.  Los estudiantes internacionales reciben el apoyo del Decanato de Asuntos Académicos y Estudiantiles y de la Oficina de Registraduría.  La registradora es la coordinadora de estudiantes internacionales del Conservatorio.  El personal institucional está disponible para ayudar a solucionar aquellas situaciones que puedan surgir durante los años de estudios del estudiante en el Conservatorio.

Una vez el estudiante internacional llegue a Puerto Rico debe dirigirse a la Decanato de Asuntos Académicos y Estudiantiles del Conservatorio de Música de Puerto Rico, donde el Decano de Asuntos Académicos y Estudiantiles y la Coordinadora de Estudiantes Internacionales le ayudará.

Certificado de Inmunización

El estudiante internacional menor de 21 años debe traer de su país de origen el Certificado de Inmunización, donde se incluya toda la información relacionada a las vacunas recibidas. De no tener este Certificado de Inmunización, será referido al Departamento de Salud Pública más cercano al área donde reside en Puerto Rico, para que sea sometido a un examen físico y obtenga las vacunas requeridas, si alguna. Estos exámenes conllevan un costo que deberá sufragar el estudiante.

Licencias de Conducir, Cuentas Bancarias, Teléfonos y Hospedajes

Es importante que el estudiante cuente con una cuenta bancaria, dinero o tarjetas de crédito para que pueda sufragar los costos de matrícula y los gastos que conlleva el ubicarse fuera de su país. Para tramitar licencias de conducir, cuentas bancarias y hospedajes, se requiere a los estudiantes internacionales llevar una Certificación de Estudios del Conservatorio que evidencie que es un estu-diante regular de la institución. Dicha certificación la pueden solicitar en la Oficina de Registraduría.

El Conservatorio no tiene residencia de estudiantes. Los estudiantes internacionales deben hacer las gestiones necesarias para identificar un hospedaje antes de llegar a Puerto Rico. Para más información, pueden comunicarse con la Coordinadora de Estudios Internacionales.

Visa de Estudiante

Los estudiantes internacionales que deseen estudiar en territorio americano deben solicitar la Visa de Estudiantes. El Conservatorio acepta estudiantes internacionales que hayan gestionado y obtenido el tipo de visa F-1. Esta visa es para estudiantes que han sido aceptados oficialmente a un programa académico a tiempo completo en los Estados Unidos. Se requiere que los estudiantes inter-nacionales estudien a tiempo completo, lo cual significa mantener doce créditos o más cada semestre en su programa de estudios.

Para solicitarla, deben ser admitidos a nuestra institución y esperar la carta de admisión que le enviará la Oficina de Admisiones. Una vez someta la documentación del auspiciador y la certificación financiera, el estudiante recibirá el formulario I-20. El formula-rio I-20 no es una visa, solo sirve como verificación de que se espera que el estudiante asista al Conservatorio y se matricule a tiem-po completo. Usted debe tener el formulario I-20 para poder solicitar su visa en la embajada de los Estados Unidos en su país de origen y solicitar la Visa de Estudiante.

Si es la primera vez que solicita visa, el estudiante será responsable de pagar los cargos de Student Exchange Visitor Information System (SEVIS). Dicho cargo está destinado para cubrir los gastos del sistema de rastreo de todos los estudiantes y visitantes. Este dinero debe pagarse al Departamento de Seguridad Nacional (I 901 Student / Exchange Visitor Processing Fee), ya sea por correo o Internet.

Para información adicional sobre cómo hacer el pago de este cargo y la cantidad a pagar por este servicio o para saber si usted está exento, visite la página de web de SEVIS: https://fmjfee.com/.

Para obtener su visa usted debe visitar la Embajada o el Consulado de EE. UU. más cercano en su país con los siguientes documentos:

1. Pasaporte
2. Formulario I-20
3. Su recibo de pago cargo SEVIS
4. Prueba de ayuda financiera (ej. estado de cuenta, affidávit, etc.)

Si todo está en orden, el oficial de inmigración le otorgará su visa y le ponchará su pasaporte. Una vez haya recibido su visa, usted está legalmente autorizado para entrar a los Estados Unidos como estudiante.

Una vez el estudiante llegue al Conservatorio deberá presentar los documentos a la Registradora quien es la Oficial Principal Designada de la institución ante el Departamento de Inmigración de los Estados Unidos.

Denegación de Visa

La mayoría de los estudiantes no tienen dificultad alguna en obtener su visa. Sin embargo, hay ocasiones en que, aunque el estu-diante tenga toda la documentación, la visa es denegada. De experimentar alguna dificultad, el estudiante debe solicitar por escrito las razones de la denegación y luego contactar a la Oficial Principal Designada inmediatamente.

Entrada a los Estados Unidos de América

En el momento que se disponga a trasladarse a los EE. UU., deberá pasar por el área inmigración donde su pasaporte, visa y otros documentos serán oficialmente revisados. Deberá tener los siguientes documentos a mano:

1. Pasaporte
2. Visa
3. Formulario I-20
4. Evidencia de recursos financieros

Obligaciones de los Estudiantes Internacionales

Como resultado del “USA Patriot Act” de octubre de 2001, todo estudiante internacional deberá proveer información actualizada y exacta al Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía (BCIS).

El estudiante deberá reportarse al Oficial Principal Designado en la institución (PDSO por sus siglas en inglés) al comienzo de todos y cada uno de los semestres una copia de los siguientes documentos:

1. Formulario F-1 válido
2. Página del pasaporte con su dirección
3. Formulario de Entrada/Salida I-94
4. Dirección local (EE. UU.)
5. Dirección de su país (extranjero)

Además, usted es responsable de actualizar al PDSO cuando haya un cambio en cualquiera de los documentos arriba mencionados o cuando usted haga al cambio a su programa académico. No hacer notificación de estos cambios puede traer serias consecuencias para su elegibilidad para permanecer en los EE. UU.

El estudiante deberá además tener al día los siguientes documentos:

1. Pasaporte: el pasaporte, emitido por el gobierno de su país, le permite salir y regresar al mismo. Su pasaporte debe ser válido, cómo mínimo por los próximos seis meses. Si es necesario renovarlo, deberá ir al consulado de su país para hacerlo seis meses antes de que expire. Usted podrá realizar este proceso en los EE. UU. enviando por correo su pasaporte a la embajada de su país.
2. F-1 sello para validar su visa (estudiante): este sello de validación permite al estudiante viajar a los EE. UU. La fecha estampada en su visa indica el último día en que puede entrar a los EE. UU. Si la visa expira mientras está estudiando en los EE. UU., no tiene que conseguir el sello de validación nuevamente hasta que se vaya a ir de los EE. UU., sin embargo, debe tenerla renovada antes de volver a entrar a territorio americano. Solamente se puede obtener una visa fuera de los EE. UU. en una oficina de la Embajada o Consulado norteamericano. Para cualificar para la visa F-1 debe tener su formulario I-20 actualizado por el Conservatorio.
3. El formulario I-94 con el sello de “D/S” (duración del estatus): Usted puede permanecer en los EE. UU. por todo el tiempo que su estatus de estudiante, independientemente de la fecha de expiración que tenga su sello de visa en su pasaporte. Para mantener el estado legal F-1, un estudiante internacional debe:
a. Tener un pasaporte y un Formulario I-20 válido.
b. Ser un estudiante a tiempo completo durante los dos semestres.
c. Participar en empleo fuera de la universidad, sólo con el permiso de la Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía.

Requisitos para Mantener el Estatus F1

1. Pasaporte: el pasaporte, emitido por el gobierno de su país, le permite salir y regresar al mismo. Su pasaporte debe ser vá-lido, cómo mínimo por los próximos seis meses. Si es necesario renovarlo, deberá ir al consulado de su país para hacerlo seis meses antes de que expire. Usted podrá realizar este proceso en los EE. UU. enviando por correo su pasaporte a la embajada de su país.
2. F-1 sello para validar su visa (estudiante): este sello de validación permite al estudiante viajar a los EE. UU. La fecha estam-pada en su visa indica el último día en que puede entrar a los EE. UU. Si la visa expira mientras está estudiando en los EE. UU., no tiene que conseguir el sello de validación nuevamente hasta que se vaya a ir de los EE. UU., sin embargo, debe te-nerla renovada antes de volver a entrar a territorio americano. Solamente se puede obtener una visa fuera de los EE. UU. en una oficina de la Embajada o Consulado norteamericano. Para cualificar para la visa F-1 debe tener su formulario I-20 actualizado por el Conservatorio.
3. El formulario I-94 con el sello de “D/S” (duración del estatus): Usted puede permanecer en los EE. UU. por todo el tiempo que su estatus de estudiante, independientemente de la fecha de expiración que tenga su sello de visa en su pasaporte. Para mantener el estado legal F-1, un estudiante internacional debe:
a. Tener un pasaporte y un Formulario I-20 válido.
b. Ser un estudiante a tiempo completo durante los dos semestres.
c. Participar en empleo fuera de la universidad, sólo con el permiso de la Oficina de Servicios de Inmigración y Ciu-dadanía.

Violaciones al Estatus F1

Todo estudiante que no cumpla con las siguientes disposiciones estará incumpliendo en violaciones a su estatus como estudiante internacional:
1. No presentarse a la universidad seleccionada
2. No matricularse en el semestre de inicio (primeras semanas de clases)
3. No asistir a los cursos matriculados
4. No iniciar o completar los procesos de transferencia durante el tiempo indicado
5. No solicitar en el tiempo límite cambios de estatus requeridos
6. No solicitar extensiones de programas antes de las fechas límites
7. No informar cambios de dirección (10 días límite)
8. No salir de territorio estadounidense en el tiempo indicado
9. Estar trabajando sin autorización
10. Inactivarse como estudiante por cinco meses o más
11. Permanecer en territorio estadounidense luego de terminar o interrumpir sus estudios

Excepciones al Compromiso de Estudios

Todo estudiante deberá mantener 12 créditos por semestre en su matrícula regular de estudios. No obstante, existen excepciones que pueden afectar que el estudiante pueda mantener su carga académica:
1. Dificultades de idioma
2. Dificultades con los requisitos de lectura
3. Poca familiaridad con las estrategias de enseñanza
4. Ubicación indebida en niveles de cursos matriculados
5. Situaciones médicas
6. Enfermedad evidenciada por certificaciones médicas u hospitalización
7. Puede ser autorizado por no más de 12 meses
8. Matriculado en tesis
9. Cuando el estudiante esté en su último año y sólo necesite tener una carga menor a los 12 créditos

Reinstalación de Estatus F1

Se espera que todo estudiante internacional complete su programa antes de la fecha de expiración que aparece en su formulario I-20. Este período está descrito en el catálogo como el tiempo máximo para completar estudios.

Los estudiantes que pierdan su estatus por no haberse matriculado a tiempo completo o por no haber completado su I-20 antes de que expire, deben solicitar reinstalación de estatus. De igual modo, será requerido solicitar reinstalación de estatus para aquellos estudiantes que pierdan estatus por estar en probatoria académica o en suspensión. Los estudiantes que no mantengan su estatus podrían arriesgarse a que se le deniegue la entrada a los EE. UU.

Los estudiantes son elegibles para reinstalación de estatus si:

1. Es estudiante a tiempo completo
2. Es estudiante que no se le haya denegado la autorización para trabajar
3. El estudiante no ha sido deportado
4. Si las circunstancias que impiden completar su programa están fuera de su alcance
5. Si la determinación de no recibir la reinstalación resultara muy complicada

Requisitos de Reinstalación de Estatus F1

En caso de que el estudiante pierda su estatus F-1 por haber violado alguno los requisitos establecidos por el Servicio de Seguridad Nacional, podrá solicitar la restitución de su estatus F1 siguiendo estos pasos:

1. Presentar ante el Servicio de Inmigración una carta del estudiante, consejero académico y el PDSO (opcional), explicando la situación de forma convincente.
2. Entregar documento actualizado de aval bancario y declaración jurada.
3. Solicitar una Trascripción de Créditos.
4. Pagar los servicios del Servicio de Seguridad Nacional para información de costos favor visitar el portal del Departamento de Inmigración de los Estados Unidos en la dirección: https://fmjfee.com/.

Autorización para trabajar

En el Conservatorio

A los estudiantes internacionales se les permite trabajar en ciertas posiciones dentro de la universidad por un máximo de 20 horas semanales durante el semestre y 40 horas semanales durante el tiempo no lectivo de receso académico. No se requiere autorización especial para trabajar en el Conservatorio, sin embargo, tendrán que pagar los impuestos del estado y federales por cualquier dinero que ganen. El Conservatorio publicará internamente las ofertas de empleo disponibles a estudiantes.

Las condiciones de empleo en el Conservatorio de Música de Puerto Rico son las siguientes:

1. Los servicios contratados deben estar relacionados con su educación
2. Son elegibles los estudiantes a tiempo completo
3. Pueden trabajar sólo 20 horas semanales
4. Podrán trabajar 40 horas durante las vacaciones o recesos

Luego de analizar la petición de trabajo en el campus, el PDSO es quien autoriza el trabajo, de haberlo disponible y siguiendo con el fiel cumplimiento con las leyes del Departamento de Inmigración. El PDSO autorizará la solicitud para un número temporero de Seguro Social basado en las fechas presentadas en el Formulario I-20 o duración del contrato de trabajo.

Fuera del Conservatorio

Para cualificar para trabajar fuera del Conservatorio, el estudiante deberá mantener un aprovechamiento académico y mantener su estatus F-1 por un mínimo de un año académico. El trabajo a tiempo parcial fuera del Conservatorio estará limitado a no más de 20 horas semanales durante el período de clases. Un estudiante que se le haya autorizado a trabajar fuera del Conservatorio puede hacerlo a tiempo completo solamente durante época de recesos académicos y vacaciones de escuela. La autorización para trabajar es automáticamente terminada cuando el estudiante no mantiene el aprovechamiento académico.

Tipos de Trabajo

1. Entrenamiento Práctico Opcional (EPO): EPO permite a los estudiantes internacionales trabajar en los EE. UU. para que puedan obtener experiencia en su campo de estudio en el Conservatorio. Este entrenamiento debe estar específicamen-te relacionado con el área de estudios del estudiante, y que un trabajo de este tipo no esté disponible en su país natal. El Oficial Principal Designado determina estos dos prerrequisitos. Los estudiantes pueden solicitar el Entrenamiento Práctico a tiempo parcial durante el semestre una vez lleven en estatus por lo menos nueve meses. Los estudiantes son elegibles para el Entrenamiento Práctico a tiempo completo:
a. Durante períodos de vacaciones anuales si el estudiante está actualmente matriculado y es elegible y que preten-de registrarse para el próximo semestre
b. Luego de haber completado todos los requisitos para obtener su grado (excluyendo el recital o la tesis)
c. Luego de la graduación. El Buró de Servicios de Inmigración y Ciudadanía autoriza el Entrenamiento Práctico por un período máximo de 12 meses por cada grado completado.
2. Entrenamiento de Práctica Curricular (EPC): EPC permite a los estudiantes internacionales trabajar fuera de la institución si su currículo así lo requiere.
3. Cualquier autorización de trabajo que no sea aprobada a través del programa de Adiestramiento Práctico será otorgada só-lo como resultado de problemas económicos. El estudiante debe demostrar que su situación financiera ha cambiado drás-ticamente desde que se matriculó en el Conservatorio. Para información sobre como solicitar para obtener la autorización de trabajo fuera de la institución, favor de comunicarse con el Oficial Principal Designado.
4. El trabajo no deberá interferir con los estudios.

El Conservatorio de Música de Puerto Rico no será responsable de ofrecer representación legal a ningún estudiante que viole algu-na de las disposiciones establecidas por la Oficina de Servicio de Inmigración y Ciudadanía (Department of Homeland Security).